EN CIUDAD JUDICIAL DE SALTA; POLULAN INFINIDAD DE CAUSAS. SOLO 8 jueces atienden las denominadas penales, y por ende el retardo de justicia es alarmante, teniendo en cuenta excusas-iones intencionales o no.Y sobre todo teniendo en cuenta que los jueces agilizan o frenan los tramites de acuerdo a la cara de la victima.
En mi carácter de Periodista realice 107 denuncias, penales, en Comisarias, fiscalias, juzgados y hasta en Super Intendencia. Reclame hasta por un JURY por la negligencia de los magistrados. Solicite observar el Expte cuando me convertí en querellantes. Pero nunca me fue facilitado. Siempre opusieron un pero, habida cuenta de que se involucraron parientes y no parientes en la causa.
Ya lo he expresado en numerosas oportunidades, si el pariente se convierte en cómplice deberá ser penalizado. Y si no se me pagan los daños y perjuicios por la rotura de moto en reiteradas oportunidades, intentos de Asesinato , AMENAZAS y otros delitos graves, que se atengan a las consecuencia.
He solicitado el cambio de caratula a Alvarado Sola, Perez y los otros jueces de turno y se hacen los distraidos, por no decir los boludos.
HE SOLICITADO VER LAS CAUSAS Y SE ME HA NEGADO EL DERECHO CONSTITUCIONAL. LOS EMPLEADOS DEL JUZGADO DE SEXTA ESTÁN ENTRENADOS PARA NO PROPORCiONARME DATOS. EN 2012 PRESENTE NOTA POR ESCRITO AL JUZGADO Y A SUPER INTENDENCIA. ME PREGUNTO QUE PAPEL CUMPLE EL PROCURADOR.
SON 107 denuncias, los parientes y delincuentes procesados siguen libres, porque aducen amistad con los jueces ALAVARADO Hde P SOLA Y OTROS, y no se me pagan los daños y perjuicios. De las causas 21232/02/12917/03 y otras.
LE PREGUNTO SEÑOR LECTOR, A UD LE PARECE QUE HAYAN PASADO MAS DE 10 Años y yo que perdi mi medio de locomoción para ir al trabajo, tenga que seguir soportando este sistema de Mierda?. Porque las citaciones a quien corresponde no las realizan, porque la camioneta causante del primer delito nunca fue investigada y según los delincuentes la sacaron del pais.
Pese a que pedi la intervención de Gendarmeria para su respectiva pericia. En consecuencia señor lector,le aconsejo que cuando tenga un problema judicial, no se fie de los jueces ni de abogados y trate de buscarle una solución. Cuando asista a almorzar o cenar su enemigo le colocara dormitivos, sonniferos, buscando
generarle un cancer. A mi ya me lo generaron, le voy a ganar. Cuando chatee o navegue por internet tenga cuidado le hakean su PC. Cuando hable por celular tenga cuidado le roban su linea. Total son impunes
y los jueces bien gracias. EN MI CASO BUSCARE ALGUNOS ARTEFACTOS ESPECIALES PARA DESTRUIR A LAS TORTUGAS DE CIUDAD JUDICIAL...YA NO CREO EN LA JUSTICIA. 107 CAUSAS NI UN DETENIDO Y LOS DAÑOS Y PERJUICIOS IRREPARABLES.
En mi carácter de Periodista realice 107 denuncias, penales, en Comisarias, fiscalias, juzgados y hasta en Super Intendencia. Reclame hasta por un JURY por la negligencia de los magistrados. Solicite observar el Expte cuando me convertí en querellantes. Pero nunca me fue facilitado. Siempre opusieron un pero, habida cuenta de que se involucraron parientes y no parientes en la causa.
Ya lo he expresado en numerosas oportunidades, si el pariente se convierte en cómplice deberá ser penalizado. Y si no se me pagan los daños y perjuicios por la rotura de moto en reiteradas oportunidades, intentos de Asesinato , AMENAZAS y otros delitos graves, que se atengan a las consecuencia.
He solicitado el cambio de caratula a Alvarado Sola, Perez y los otros jueces de turno y se hacen los distraidos, por no decir los boludos.
HE SOLICITADO VER LAS CAUSAS Y SE ME HA NEGADO EL DERECHO CONSTITUCIONAL. LOS EMPLEADOS DEL JUZGADO DE SEXTA ESTÁN ENTRENADOS PARA NO PROPORCiONARME DATOS. EN 2012 PRESENTE NOTA POR ESCRITO AL JUZGADO Y A SUPER INTENDENCIA. ME PREGUNTO QUE PAPEL CUMPLE EL PROCURADOR.
SON 107 denuncias, los parientes y delincuentes procesados siguen libres, porque aducen amistad con los jueces ALAVARADO Hde P SOLA Y OTROS, y no se me pagan los daños y perjuicios. De las causas 21232/02/12917/03 y otras.
LE PREGUNTO SEÑOR LECTOR, A UD LE PARECE QUE HAYAN PASADO MAS DE 10 Años y yo que perdi mi medio de locomoción para ir al trabajo, tenga que seguir soportando este sistema de Mierda?. Porque las citaciones a quien corresponde no las realizan, porque la camioneta causante del primer delito nunca fue investigada y según los delincuentes la sacaron del pais.
Pese a que pedi la intervención de Gendarmeria para su respectiva pericia. En consecuencia señor lector,le aconsejo que cuando tenga un problema judicial, no se fie de los jueces ni de abogados y trate de buscarle una solución. Cuando asista a almorzar o cenar su enemigo le colocara dormitivos, sonniferos, buscando
generarle un cancer. A mi ya me lo generaron, le voy a ganar. Cuando chatee o navegue por internet tenga cuidado le hakean su PC. Cuando hable por celular tenga cuidado le roban su linea. Total son impunes
y los jueces bien gracias. EN MI CASO BUSCARE ALGUNOS ARTEFACTOS ESPECIALES PARA DESTRUIR A LAS TORTUGAS DE CIUDAD JUDICIAL...YA NO CREO EN LA JUSTICIA. 107 CAUSAS NI UN DETENIDO Y LOS DAÑOS Y PERJUICIOS IRREPARABLES.
Causa de los Auditores: "Es vergonzosa la actuación del juez Alvarado Solá" afirmó Gonzalo Guzmán
Así se manifestó el director de Salta Transparente, Gonzalo Guzmán Coraita, en su columna de los domingos en el programa televisivo "D2". Criticó duramente la actuación del juez Alvarado Solá en "La causa de los auditores". Reproducimos el informe completo de la causa.
En noviembre de 2.009 luego de que tomara estado público un informe efectuado por Gonzalo Guzmán que daba cuenta de que varios funcionarios habían omitido presentar sus declaraciones juradas de bienes, la fiscal Claudia Geria de oficio inició una causa contra quiénes integraban en aquel entonces la Auditoría General de la Provincia, por omisión de los deberes de funcionario público.
Sin embargo al poco tiempo, el Juez de la causa, José María Alvarado Solá, titular del Juzgado de Instrucción Formal de 6º Nominación, dispuso desestimar las actuaciones y ordenar su archivo.
Dicha resolución fue apelada por la Fiscal María Inés Loyola quién sostuvo que a contrario de lo sostenido por Alvarado Solá, “se vislumbra claramente que el hecho traído a conocimiento bien puede constituir el delito que reprime el art. 249 de la Ley Sustantiva, por lo que pueden resultar, prima facie, responsables desde el punto de vista penal, tanto los auditores generales de la provincia, cuanto el escribano de gobierno interviniente” ya que “a los encausados les pesa el deber de control.”
La Sala III de la Cámara de Acusación integrada por Adolfo Figueroa y Edgardo Francisco Albarracín, el 28 de febrero pasado de 2.011, dispuso hacer lugar al recurso de apelación de Loyola revocando la resolución de Alvarado Solá.
La Cámara en aquella ocasión sostuvo que “la Auditoría de Gobierno si bien había detectado un altísimo nivel de incumplimiento por parte de la Escribanía de Gobierno de sus obligaciones en materia de control de la declaraciones juradas de los funcionarios públicos, de comunicación a los funcionarios públicos de tal deber legal y de la publicación de los nombres de los funcionarios que omitieron presentar su declaración jurada, no realizó las correspondientes auditorías de seguimiento que debió realizar, en cumplimiento de las normas constitucionales y legales de que imponen tal obligación”.
Cabe resaltar que el Artículo 169 de la Constitución de la Provincia establece que a la Auditoría General le corresponde efectuar el control de la presentación, del registro y del archivo de las declaraciones juradas y de evaluar el grado de cumplimiento de tal exigencia legal.
La Cámara consideró en su sentencia que “la conducta punible sobre los auditores generales puede materializarse en tanto y en cuanto obviaron cumplir con el mandato legal derivado del ejercicio del cargo al igual que la Escribanía de Gobierno que no controló la presentación, el registro y el archivo de las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios públicos”.
Por ello, los jueces Figueroa y Albarracín determinaron que los auditores generales, prima facie, habrían incurrido en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público que el Código Penal reprime con multa de hasta 12 mil 500 pesos e inhabilitación especial de 1 mes y un año.
Por tales consideraciones la Cámara resolvió revocar la resolución de archivo, indicando al Juez Alvarado Solá que deberá investigar no sólo a los Auditores, sino también indicar al Escribano de Gobierno interviniente.
La sentencia de Cámara fue dictada el 28 de febrero de 2.011. A pesar de que han transcurrido veinte meses desde aquel entonces, la causa se encuentra prácticamente a fojas cero. Ante consultas efectuadas el Juez Alvarado Solá indicó que el último movimiento del expediente consistió en librar un oficio a la Auditoría General de la Provincia para que informara su composición, pese a que ello es de público conocimiento. Si bien el Juez no indicó en que fecha se libró tal oficio, el expediente no registra movimiento alguno desde el 14 de agosto de este año.
Fuente: Gonzalo Guzmán Coraita - www.saltatransparente.com
POLITICA
Escandaloso: El Intendente Cuenca denunció aprietes por parte del Juez Alvarado Solá
“Alvarado Solá me apretó”, dijo por Aries el Intendente Mario Cuenca, y relató que hubo gente que lo denunció por la obra de unos vestuarios y tanto el Juez como la Fiscal le dio curso.
“Tuve que buscar escribano para y los socios del club para certificar las obras”, dijo Cuenca.
Cuenca consideró que el Juez José Alvarado Solá tuvo sobrados motivos para no dictar el sobreseimiento de los policías que golpearon a su hijo, y del mismo modo en la causa del ex Intendente Rallé, quien mas de 80 causas judiciales.
Mario Cuenca, dijo que le pidió al Juez que se aparte de las causas de Campo Santo, “me senté en el despacho del Juez y me dijo si había algún problema en que se haga un acta de lo que se iba a hablar”.
El intendente contó que le dijo al Juez “que no estaba de acuerdo con los sobreseimientos” a lo que el Alvarado le respondió que “hay otras instancias”.
El sobreseimiento que le dictó al ex Intendente Rallé, la apeló el fiscal, la apelamos nosotros y la Cámara de Apelaciones nos dio la razón”, dijo Cuenca y contó que por la denuncia que le hicieron integrantes del Club de Campo Santo “le querían pintar los dedos”.
“Hablé con la Fiscal Loyola y le dije que tendría que haber pedido información, que me estaban tratando como un delincuente y así empezaron los aprietes”, expresó Mario Cuenca.
Fuente: Aries FM 91.1
Rechazan pedido de destitución contra el juez Alvarado Solá
El Jurado de Enjuiciamiento rechazó el pedido e impuso a la denunciante, la abogada Lorena Farjat D’Alessandro, una multa por 1.500 pesos, .
El Jurado de Enjuiciamiento rechazó el pedido de destitución contra el juez de Instrucción Formal de de Sexta Nominación, José María Alvarado Solá, presentado por la abogada Lorena Farjat D’Alessandro.
La letrada acusó a Alvarado Solá de “mal desempeño y grave negligencia en el ejercicio de sus funciones” y fundamentó la acusación con la decisión del juez por haberle denegado un pedido de eximición de prisión que planteó a favor de dos clientes, acusados de estafas. Según Farjat, el magistrado lo hizo sin ningún fundamento valedero y sin elementos demostrativos que los imputados pudieran entorpecer la labor judicial.
Además, la abogada indicó que cuando después se presentó su colega Juana María Seambelar, en representación de los mismos imputados, el juez Alvarado Solá les otorgó la libertad.
Sin embargo, el Tribunal presidido por el titular de la Corte de Justicia, Guillermo Posadas, descartó cada uno de los argumentos de la abogada para pedir la destitución del juez, a la vez que citó una serie de jurisprudencia sobre la eximición de prisión.
El Jurado consideró que la presentación de Farjat de “parcializada y distorsionada de los hechos en la acusación, a la luz de las constancias de los expedientes judiciales que se han tenido a la vista, en los que se aprecia que el magistrado motivó sus resoluciones”. Asimismo, a Farjat D’Alessandro se le impuo una multa de 1.500 pesos.
La letrada acusó a Alvarado Solá de “mal desempeño y grave negligencia en el ejercicio de sus funciones” y fundamentó la acusación con la decisión del juez por haberle denegado un pedido de eximición de prisión que planteó a favor de dos clientes, acusados de estafas. Según Farjat, el magistrado lo hizo sin ningún fundamento valedero y sin elementos demostrativos que los imputados pudieran entorpecer la labor judicial.
Además, la abogada indicó que cuando después se presentó su colega Juana María Seambelar, en representación de los mismos imputados, el juez Alvarado Solá les otorgó la libertad.
Sin embargo, el Tribunal presidido por el titular de la Corte de Justicia, Guillermo Posadas, descartó cada uno de los argumentos de la abogada para pedir la destitución del juez, a la vez que citó una serie de jurisprudencia sobre la eximición de prisión.
El Jurado consideró que la presentación de Farjat de “parcializada y distorsionada de los hechos en la acusación, a la luz de las constancias de los expedientes judiciales que se han tenido a la vista, en los que se aprecia que el magistrado motivó sus resoluciones”. Asimismo, a Farjat D’Alessandro se le impuo una multa de 1.500 pesos.